A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Libia Amparo Mina Ochoa·Demandado Juzgado Tercero De Ejecución De Penas Y Medidas De Seguridad De Villavicencio, Consejo Seccional De La Judicatura Del Meta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Administrativo de Meta.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera Corporación adoptó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021 para declarar la nulidad de lo actuado por parte del juez de primera instancia, y abstenerse de resolver la impugnación promovida.
Con lo anterior, dicha autoridad aplicó una regla de reparto que no desplaza su competencia y alteró la competencia en el momento procesal en que se encontraba la acción constitucional, lo cual afectó la celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la salvaguarda de los derechos fundamentales de la parte accionante.
Como consecuencia, transgredió el principio de perpetuatio jurisdictionis en virtud del cual la competencia no puede ser alterada en segunda instancia.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, resuelva la impugnación presentada por la parte accionante contra la sentencia de primera instancia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 7 de julio 2022 proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual declaró la nulidad de todo lo actuado y dispuso la remisión de la actuación al Tribunal Administrativo del Meta.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4257 a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, resuelva la impugnación presentada por la parte accionante contra la sentencia del 7 de junio de 2022, proferida por la Sala Cuarta de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Tribunal Administrativo del Meta.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.